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El copyright contra la comunidad en la era de las redes de ordenadores

Richard Stallman

Hacker del Massachussets Institute Technology, activista de la Fundación por el Software Libre, Richard Stallman pronunció esta conferencia en inglés, el 7 de julio de 2000 en la Universidad de Burdeos. Transcrita por Douglas Carnall y traducida al castellano por excalibor, victor y candyman. [Versión Imprimible PDF]


El señor Stallman llega con un ligero retraso sobre la hora prevista de comienzo de su charla y se dirige a un público callado y respetuoso. Habla con gran precisión y sin apenas dudas con un marcado acento de Boston.

RMS (Richard M. Stallman): Esto está hecho para alguien que lleva una horca portátil.

[señala al micrófono corbatero del sistema de megafonía de la sala de conferencias]

No llevo dispositivos de ahorcamiento, así que no tengo donde ponerlo.

[se la engancha a la camiseta]

Yo: ¿Todo bien si lo grabo?

RMS: ¡Sí! [molesto] ¿Cuánta gente tiene que preguntármelo?

Bueno. Se supone que hoy tengo que hablar

[larga pausa]

sobre el copyright contra la comunidad. Esto está demasiado alto.

[señala al micrófono]

¿Qué puedo hacer?

Veamos... no hay control de volumen...

[encuentra el control de volumen en la caja del emisor de radio]

mejor así

OK. Copyright contra la comunidad en la era de las redes informáticas. Los principios éticos no cambian. Son los mismos para todas las situaciones, pero para aplicarlos a una cuestión o situación hay que examinar los hechos de la situación para comparar posibles alternativas, hay que ver cuáles son sus consecuencias, un cambio en la tecnología nunca cambia los principios éticos, pero un cambio en la tecnología puede alterar las consecuencias de las mismas acciones, así que puede alterar los resultados de la cuestión, y esto mismo es lo que ha pasado en el área de la legislación de copyright. Tenemos una situación en la cual cambios en la tecnología han afectado los factores éticos que informan las decisiones sobre legislación de copyright y cambian la política adecuada para la sociedad.

Las leyes que podrían haber sido una buena idea en el pasado son ahora perjudiciales, porque están en un contexto distinto. Pero para explicar esto, debería retrotraerme hasta el principio, al mundo antiguo en el que los libros se hacían escribiéndolos a mano. Era la única forma de hacerlos, y cualquiera que sabía leero también podía escribir una copia de un libro. Claro que un esclavo que se pasaba todo el día escribiendo copias probablemente lo haría mejor que alguien que no lo hacía, pero esto no importa demasiado. Esencialmente, cualquier persona que supiera leer podía copiar libros, todo lo bien que se podían copiar.

En el mundo antiguo no había la tajante distinción entre autoría y copia que tiende a existir hoy.

Había un continuum. Por un lado había alguien, digamos, escribiendo una obra teatral. En el otro extremo podríamos tener a alguien haciendo simplemente copias de libros, pero entre medias habría alguien que, por ejemplo, copia parte de un libro, pero escribe algunas palabras de su cosecha, o escribe un comentario, y esto era algo muy común, y que definitivamente se respetaba. Otra gente podía copiar unos trozos de un libro, y otros trozos de otro libro, y escribir algo por su cuenta, y luego copiar de otro libro, citando párrafos de diversa longitud de muchas obras distintas, y luego escribir otras obras para hablar más sobre ellas, o relacionarlas. Y hay muchas obras antiguas --ahora perdidas-- de las que sobreviven partes en esas citas en otros libros que se hicieron más populares que el libro del que provenía la cita original.

Había un espectro entre escribir una obra original, y copiar. Había muchos libros que estaban copiados en parte, pero mezclados con escritura original. No creo que existiera el concepto de copyright en el mundo antiguo y habría sido muy difícil hacerlo cumplir, porque los libros se podían copiar por cualquier persona que pudiera leer en cualquier parte, cualquiera que pudiera conseguir material de escribir, y una pluma con la que hacerlo. Era, pues, una situación bastante clara y sencilla.

Más adelante se desarrolló la imprenta y la impresión cambió enormemente la situación. Era una forma mucho más eficiente de hacer copias de libros, dando por hecho que todas [las copias] eran idénticas. Y requería equipo especializado y bastante caro, que un lector ordinario normalmente no tenía. Así que, de hecho, creó una situación en la que las copias sólo se podían hacer por negocios especializados, de los que no había un número muy grande. Puede que hubiera cientos de imprentas en un país, y cientos de miles, o incluso millones de gente que supiera leer. Así que la disminución en el número de lugares en los que se podían hacer copias fue tremenda.

Ahora bien: el concepto de copyright se desarrolló junto con la imprenta. Creo que puede... Creo recordar haber leído que Venecia, que era un importante centro de impresión en el siglo XVI también tenía algún tipo de copyright pero no lo he podido encontrar: no he vuelto a localizar esa referencia. Pero el sistema del copyright encajaba naturalmente con la imprenta porque se hacía raro que los lectores ordinarios hicieran copias. Todavía pasa. La gente que era muy rica o muy pobre tenía libros hechos a mano. Los muy ricos lo hacían para ostentar su riqueza: tenían hermosos libros iluminados para mostrar que podían pagarlos. Y los pobres a veces se copiaban a mano sus propios libros porque no podían permitirse las copias impresas. Como dice la canción: "El tiempo no es oro cuando el tiempo es todo lo que tienes". Así que algunos pobres copiaban libros a pluma. Pero en su mayor parte los libros se hacían todos en imprentas mecánicas por parte de editores, y el copyright, como sistema, encajaba muy bien con el sistema técnico. Por una parte era indoloro para los lectores, porque los lectores no iban a hacer copias de todos modos, excepto los muy ricos que presumiblemente podían legitimar el hecho, o los muy pobres que hacían sólo copias individuales y nadie iba a perseguirlos con abogados. Y el sistema era fácil de hacer cumplir, porque había un número limitado de sitios dónde era necesario hacerlo cumplir: sólo las imprentas, y porque no requería, no ponía por medio, una lucha contra el público. No se encontraba uno con que casi todo el mundo intentaba copiar libros y había que amenazarlos con la cárcel por hacerlo.

De hecho, además de no restringir directamente a los lectores, no les causaba mucho problema, porque puede haber añadido una pequeña fracción al precio de los libros pero no duplicaba el precio, de modo que ese pequeño añadido al precio era una carga mínima para los lectores. Las acciones que el sistema de copyright restringía eran acciones que, como lector ordinario, uno no podía hacer, y por tanto no causaban un problema. Y por esto no había necesidad de duros castigos para convencer a los lectores que que lo toleraran y obedecieran.

Así que el copyright era, de forma efectiva, una regulación industrial. Restringía a los lectores y editores pero no restringía al público general. Es como cobrar una tarifa por cruzar en barco el Atlántico. Ya sabéis, es fácil cobrar la tarifa cuando la gente se va a estar en un barco meses o semanas.

Pues bien, según avanzó el tiempo, la impresión se hizo más eficiente. Al final ni siquiera los pobres se tenían que molestar en copiar los libros a mano y la idea se fue olvidando. Creo que es en el siglo XIX cuando la impresión se hizo lo bastante barata para que prácticamente cualquiera pudiera permitirse libros impresos, así que hasta cierto punto se olvidó la imagen de gente de menos recursos copiando libros a mano. Yo oí hablar de esto hace unos diez años, cuando empecé a hablar del tema con gente.

Originalmente, en Inglaterra el copyright se planteaba en parte como una forma de censura. La gente que quería editar libros tenía que pedir la aprobación del gobierno, pero la idea empezó a cambiar y un concepto distinto se expresó explícitamente en la constitución de los Estados Unidos de Norteamérica. Cuando se escribió la constitución se propuso que los autores tuvieran el derecho a un monopolio sobre las copias de sus libro. La idea se rechazó. En su lugar, una idea distinta de la filosofía del copyright se implantó en la constitución. La idea es que un sistema de copyright... bueno, la idea es que la gente tiene el derecho natural a copiar las cosas, pero el copyright como restricción artificial a la copia puede autorizarse con el fin de promover el progreso.

Así que el sistema de copyright habría sido más o menos el mismo de cualquier manera, pero aquí había una declaración del propósito que justifica el copyright. Se justifica explícitamente como una forma de promover el progreso, no como un derecho de los propietarios del copyright. Así que se supone que el sistema va a modificar el comportamiento de los propietarios del copyright para beneficiar al público. El beneficio consiste en que se escriben y publican más libros, y esto se supone que contribuye al progreso de la civilización, a extender las ideas, y como medio para este fin... en otras palabras, el copyright existe como medio para este fin. Así que también se puede pensar en él como en un trato entre el público y los autores; el público renuncia a su derecho natural a hacer copias de cualquier cosa a cambio del progreso que aporta indirectamente, al animar a más gente a escribir.

Ahora bien: parece que preguntarse "¿Cuál es el propósito del copyright?" es una pregunta enrevesada. Pero el propósito de cualquier actividad es lo más importante a la hora de decidir cuándo una actividad requiere modificarse y cómo. Si se olvida uno del propósito, seguro que se equivoca, y desde que se hizo la decisión los autores, y especialmente los editores, han intentado tergiversarla y barrerla debajo de la alfombra. Hay una campaña que durante décadas ha intentado extender la idea que se rechazó en la constitución de los EEUU. Y puedes verla expresada en prácticamente todo lo que se dice empezando y acabando con la palabra "pirata", que se usa para dar la impresión de que hacer una copia no autorizada es el equivalente moral de atacar un barco y raptar o matar a la gente que va a bordo.

Así que si se observan las declaraciones que hacen los editores, se encuentran montones de supuestos de este tipo implíctamente convertidos en hecho, los cuales hay que arrastrar a la luz y cuestionar.


Acontecimientos recientes y problemas con el copyright

[se anima]

Veamos: mientras continuó la era de la imprenta, el copyright era indoloro, fácil de hacer cumplir, y probablemente una buena idea. Pero la era de la imprenta comenzó a cambiar hace unas décadas, cuando empezaron a hacerse disponibles cosas como las máquinas Xerox y las grabadoras magnéticas, y más recientemente, al entrar en uso las redes informáticas la situación ha cambiado drásticamente. Ahora estamos en una situación tecnológicamente más similar al mundo antiguo, donde cualquiera que pudiera leer podía hacer una copia que era esencialmente tan buena como las mejores copias que podían obtenerse.

[murmullos en el público]

Una situación donde, de nuevo, los lectores ordinarios pueden hacer copias por sí mismos. No tiene que ser mediante la producción en masa centralizada, como con las imprentas. Este cambio en la tecnología cambia la situación en la que funciona la legislación de copyright. La idea del trato es que el público cambia su derecho natural a hacer copias, y en cambio obtiene un beneficio. Bueno, un trato puede ser bueno o malo. Depende del valor de lo que uno entregue. Y el valor de lo que uno obtenga. En la era de la imprenta el público entregaba una libertad que no podía usar.

Es como encontrar una forma de vender la mierda. ¿Qué puedes perder? La tienes lo quieras o no, así que si te dan algo por ella, no puede ser un mal trato.

[risas]

Es como aceptar dinero por prometer no viajar a otra estrella. No lo vas a hacer de ningún modo

[carcajadas]

al menos no en nuestras vidas, así que bueno, si alguien te va a pagar por prometer no viajar a otra estrella, bien puedes aceptar el trato. Pero si te ofreciera una nave estelar, podrías pensar que el trato ya no es tan bueno. Cuando descubres un uso para aquello que solías vender porque era inútil, entonces hay que reconsiderar la deseabilidad de esos viejos tratos que solían ser ventajosos. Típicamente, en una situación así uno decide que "ya no voy a venderlo todo, voy a quedarme con parte de ello y usarlo". Así que si solías abandonar una libertad que antes no podías ejercitar y ahora ya puedes ejercitarla, probablemente quieras comenzar a retener el derecho a ejercitarla al menos parcialmente. Podrías negociar con parte de la libertad; y hay muchas alternativas de distintos tratos que intercambian partes de la libertad y retienen otras partes. Así que, lo que quieras hacer en particular requiere reflexión, pero en cualquier caso tienes que reconsiderar el viejo trato, y probablemente quieras vender menos de lo que vendías en el pasado.

Pero los editores quieren hacer exactamente lo opuesto. En el momento en el que el interés del público es mantener parte de esa libertad para usarla, los editores están promoviendo leyes que nos hacen abandonar más libertad. El copyright nunca se planteó como un monopolio absoluto sobre todos los usos de una obra con copyright. Cubría algunos usos y otros no, pero en fechas recientes los editores han estado apretando para extenderlo más y más lejos. Y terminando, recientemente, con cosas como la "Digital Millenium Copyright Act" en los EEUU, que intentan también convertir en un tratado a través de la OMPI, la cual es esencialmente una organización que representa a los propietarios de copyrights y patentes y trabaja para intentar incrementar su poder, y simula estar haciéndolo en nombre de la humanidad en vez de en nombre de esas empresas en particular.

Ahora bien: ¿Cuáles son las consecuencias de que el copyright restrinja actividades que los lectores ordinarios pueden realizar? Bien, para empezar ya no es una regulación industrial. Se convierte en una imposición al público. Además, por esta razón, se encuentra uno con que el público comienza a objetar. Ya sabéis, cuando se intenta que la gente normal deje de hacer cosas que son naturales en sus vidas, uno se encuentra con que la gente normal se niega a obedecer. Lo que quiere decir que la legislación de copyright ya no es fácil de hacer cumplir, y es por lo que se observa la adopción de castigos cada vez más duros por parte de gobiernos que esencialmente sirven a los editores en vez de al público.

Además, hay que plantearse por qué sigue siendo beneficioso un sistema de copyright. Básicamente, lo que hemos estado dando es ahora valioso para nosotros. Puede que el acuerdo sea ahora un mal acuerdo. Así que todas las cosas que hacían que [el copyright] encajara bien con la tecnología de la imprenta hacen ahora que encaje mal con la tecnología digital de la información. Así que, en vez de cobrar una tarifa por cruzar el Atlántico en un barco, es como cobrar una tarifa por cruzar la calle. Es una gran molestia, porque la gente cruza las calles por cualquier parte, y hacerles pagar es un gran engorro.


Nuevos tipos de copyright

Bien, ¿Cuáles son los cambios que podríamos querer hacerle a la legislación de copyright para adaptarla a la situación en la que se encuentra el público? Bueno, el cambio extremo podría ser abolir las leyes de copyright, pero no es la única elección. Hay varias situaciones en las que podríamos reducir el poder del copyright sin abolirlo por completo, porque hay varias acciones que se pueden efectuar con el copyright y hay varias situaciones en las que uno podría desear realizarlas, y cada una de éstas situaciones es una cuestión aparte. ¿Debería el copyright cubrir esto o no? Además, está la pregunta de "¿Durante cuánto tiempo?". El copyright solía ser mucho más breve en su período o duración, y ha sido extendido una y otra vez en los últimos cincuenta años o así y de hecho ahora parece que los propietarios de los copyrights planean seguir extendiéndolos para que nunca vuelvan a expirar. La constitución de los EEUU dice que "el copyright debe existir por un tiempo limitado", pero los editores han encontrado un rodeo: cada veinte años hacen que el copyright dure veinte años más, y de este modo ningún copyright volverá a expirar nunca más. Dentro de mil años, el copyright podría durar 1200 años, justo lo justo para que el copyright de Mickey Mouse no expire nunca.

Porque esta es la razón por la que la gente cree que el Congreso de los EEUU aprobó una ley para extender el copyright otros veinte años. Disney les estaba pagando, y pagando también al Presidente, con financiación de campaña, claro, para hacerlo legal. Ya ven, si les dieran dinero sería un delito, pero contribuir indirectamente a campañas electorales es legal y eso es lo que hacen: comprar a los legisladores. Así que aprobaron la Ley de Copyright Sonny Bono. Esto sí que es interesante: Sonny Bono es un congresista y un miembro de la Iglesia de la Cienciología, que usa los copyrights para suprimir el conocimento de sus actividades. Así que tienen su congresista de la suerte y forzaron la mano para conseguir mayores poderes de copyright.

De todos modos, tuvimos suerte de que Sonny Bono muriera, pero en su nombre aprobaron la Ley de Copyright Mickey Mouse, en 1998, creo. Por cierto, está siendo cuestionada, sobre la base de que hay un caso legal que la gente espera que llegue al Tribunal Supremo y consiga que la extensión de copyrights retroactivos sea eliminada. En cualquier caso, hay muchas diferentes situaciones y cuestiones donde podríamos reducir el campo del copyright.

¿Cuáles son algunas de ellas? Bien, para empezar tenemos los distintos contextos para la copia. En un extremo tenemos la venta comercial de copias en las tiendas, y en el otro extremo está hacer una copia privada para un amigo de vez en cuando, y entre medias hay otras cosas, como, están las emisiones de TV o de radio, está la publicación en una página web, está el reparto a todas las personas de una organización, y algunas de estas cosas se pueden hacer comercialmente o no-comercialmente. Ya sabéis, uno puede imaginarse una empresa que reparte copias a su personal, o una escuela que hace lo mismo, o una organización privada sin ánimo de lucro, y no tenemos que tratarles a todos igual. Así que una forma de recuperar la.... en general, las actividades que son más privadas son las más cruciales para nuestra libertad y nuestra forma de vida, mientras que las más públicas y comerciales son las que son más útiles para proveer de ciertos ingresos a sus autores, así que se da una situación natural para llegar a un punto medio en el cual los límites del copyright se establecen de tal manera que una parte substancial de la actividad aún sigue cubierta y provee de ingresos a los autores, mientras que las actividades que están más directamente relacionadas con las vidas privadas de la gente vuelven a ser libres. Y este es el tipo de cosas que propongo hacer con el copyright para cosas como novelas, biografías, ensayos y tal. Que, como mínimo, la gente siempre debería tener el derecho de poder compartir una copia con un amigo. Cuando el gobierno tiene que evitar este tipo de actividades es cuando tienen que entrometerse en la vida de la gente y usar castigos duros. La única forma de evitar que la gente comparta en su vida privada es, básicamente, con un estado policial, pero las actividades comerciales y públicas pueden regularse mucho más fácilmente y con menos problemas.

Ahora bien, dónde debamos de trazar esas fronteras depende, creo yo, del tipo de obra. Las distintas obras tienen distintos propósitos para sus usuarios. Hasta hoy hemos tenido un sistema de copyright que trata casi todo exactamente igual menos la música: hay un montón de excepciones legales para la música. Pero no hay razón por la que tengamos que elevar la simplicidad por encima de las consecuencias prácticas. Podemos tratar de modo distinto los distintos tipos de obra. Propongo una clasificación dividida, en grueso, en tres tipos de obra: Obra funcionales, obras que expresan posiciones personales, y obras que son fundamentalmente estéticas.

Las obras funcionales incluyen: software de ordenador; recetas; libros de texto; diccionarios y otras obras de referencia; cualquier cosa que se use para hacer un trabajo. Para las obras funcionales creo que la gente necesita una amplia libertad, incluyendo la libertad de publicar versiones modificadas. Así que todo lo que voy a decir mañana sobre el software informático se aplica a otros tipos de obras del mismo modo. Así que, este criterio de libertad... como es necesario tener la libertad de publicar una versión modificada, esto quiere decir que tenemos que librarnos del copyright casi por completo, pero el movimiento del software libre nos muestra que el progreso que desea la sociedad, el cual es supuestamente la justificación para que la sociedad tenga copyright, puede suceder por otros caminos. Para tener progreso no tenemos que abandonar esas importantes libertades. Hoy en día los editores no paran de pedirnos que demos por hecho que no hay forma de conseguir progreso sin abandonar nuestras libertades más cruciales y lo más importante, creo yo, del movimiento del sofware libre es que su pre-suposición está injustificada.

No puedo decir con seguridad que en todas estas áreas no podamos producir progreso sin que las restricciones de copyright detengan a la gente, pero lo que hemos mostrado es que tenemos una oportunidad: no es una idea ridícula. No se la debería dar de lado. El público no debería suponer que la única forma de alcanzar el progreso es tener copyright, pero incluso para esos tipos de obra, puede haber algunos tipos de sistemas de copyright de componenda que permitan a la gente la libertad de publicar versiones modificadas. Véase, por ejemplo, la licencia de documentación libre GNU, que se usa para liberar un libro. Permite que cualquiera haga y venda copias de una versión modificada, pero requiere dar crédito de cierto modo a los autores y editores originales de un modo que pueda darles una ventaja comercial, y de este modo creo que hace posible tener la edición comercial de libros de texto libres, y si esto funciona la gente lo está empezando a intentar comercialmente. La Free Software Foundation lleva casi quince años vendiendo muchas copias de varios libros libres y nos va muy bien. En este momento, sin embargo, los editores comerciales están empezando a intentar este método particular, pero creo que incluso para obras funcionales en las que es esencial la libertad de publicar obras modificadas, es posible llegar a un sistema de copyright intermedio, en el que se permite a todo el mundo esa libertad.

Para otros tipos de obra, las cuestiones éticas se aplican de modo distinto, porque las obras se usan de forma distinta. La segunda categoría de obras son obras que expresan la posición, el punto de vista o las experiencias de alguien. Por ejemplo, ensayos o artículos, ofertas de negocios, declaraciones de la postura legal de una persona, memorias, cualquier cosa que diga, o cuyo objeto sea decir lo que uno piensa, quiere o le gusta. La crítica literaria y gastronómica también está en esta categoría: es la expresión de una opinión o posición personal. Para este tipo de obras, hacer una versión modificada no es algo útil. Así que no veo por qué la gente debería tener la libertad de publicar una versión modificada de este tipo de obras. La copia literal es lo único para que la gente necesita la libertad de actuar, y por esta razón podemos considerar la idea de que la libertad de distribuir copias debería aplicarse sólo en ciertas situaciones, por ejemplo si estuviera limitada a la distribución no-comercial, digo yo. La vida de los ciudadanos ordinarios no se vería restringida, pero los editores seguirían cubiertos por el copyright para este tipo de cosas.

[bebe agua]

Bien. Solía creer que quizá bastase con permitir que la gente redistribuyera copias privadamente, de forma ocasional. Solía creer que quizá estaría bien con que toda la redistribución pública estuviera restringida por el copyright para este tipo de obras pero la experiencia con Napster me ha convencido de que no es así. Y la razón es que se comprueba que hay mucha, pero mucha gente que quiere redistribuir públicamente --redistribuir pública pero no comercialmente-- y es muy útil. Y si es tan útil, entonces está mal impedir que la gente lo haga. Pero aún sería aceptable, creo yo, restringir la redistribución comercial de esta obra, porque eso sería tan sólo una regulación industrial y no bloquearía las actividades útiles que la gente podría estar realizando con esas obras.

Ah, también: publicaciones científicas. O publicaciones académicas, que todas en general caen en esta categoría porque la edición de versiones modificadas no es algo que se deba hacer: es falsificar las actas, así que deberían redistribuirse sólo literalmente, así que las publicaciones científicas deberían ser libremente redistribuibles por cualquiera porque deberíamos estar promocionando su redistribución, y espero que nunca acepten publicar un artículo científico de modo que restrinja la redistribución literal a través de la red. Díganle a la publicación que no aceptan.

Porque resulta que las publicaciones científicas se han convertido en un obstáculo para la diseminación de los resultados científicos. Solían ser un mecanismo necesario. Ahora sólo son un obstáculo, y las publicaciones que restringen el acceso y la redistribución [énfasis] deben ser eliminados. Son los enemigos de la diseminación del conocimiento; son los enemigos de la ciencia, y esta práctica debe desaparecer.

Existe una tercera categoría de obras, que son las obras estéticas, cuyo uso principal es el de ser apreciadas: novelas, obras teatrales, poemas, dibujos --en muchos casos--, y la mayor parte de la música. Típicamente se hace para que lo aprecien. Como no son funcionales la gente no tiene la necesidad de modificarlas y mejorarlas, como tienen necesidad de hacer con las obras funcionales. Así que es una cuestión difícil: ¿es vital que la gente tenga la libertad de publicar versiones modificadas de una obra estética? A un lado tienen a los autores con gran apego a su ego, diciendo:

[Acento inglés, gesto dramático]

"Oh, es mi creación"

[De vuelta a Boston]

"¿Como se atreve nadie a cambiarme una sóla línea?" Al otro lado tienen el proceso folklórico que muestra que una serie de gente modifica la obra secuencialmente, o puede que incluso en paralelo, y la comparación de versiones puede producir algo de tremenda riqueza, y no sólo bellas canciones y poemas breves, sino que también se han producido así largas epopeyas, y hubo un tiempo, antes de que el mito del artista-creador, figura semi-divina fuera tan potente, en que incluso los grandes escritores rehacían historias que habían escrito otros. Algunas de las obras de Shakespeare tienen que ver con historias extraídas de otras obras a menudo escritas apenas unas décadas atrás. Si las leyes de copyright actuales hubieran tenido efecto en esa época, habrían llamado a Shakespeare un pirata, entre comillas, por escribir parte de su gran obra y por supuesto, ya veríais a los otros autores diciendo

[Acento inglés]

"¿Cómo se atreve a cambiar una línea de mi creación? ¡Es imposible que pueda mejorarla!"

[ligeras risas entre el público]

Oirán a gente ridiculizar esta idea con estos términos exactamente. Bien, no estoy seguro de qué es lo que debemos hacer en cuanto a la publicación de versiones modificadas de obras estéticas. Una posibilidad es hacer algo como se hace en la música, que es que a cualquiera se le permite rearreglar e interpretar una melodía, pero tienen que pagar por hacerlo, pero no tienen que pedir permiso para representarla en público. Quizás para la publicación comercial de esas obras, fueran modificadas o no-modificadas, si obtienen dinero deberían pagar algún dinero, es una posibilidad. Es una cuestión difícil, qué se hace con la publicación de versiones modificadas de estas obras estéticas y no tengo una respuesta con la que esté satisfecho.

Miembro del Público 1 (MP1), pregunta inaudible.

RMS: Permítanme que les repita la pregunta porque la ha hecho tan deprisa que no es posible que la hayan entendido. Ha dicho"¿En qué categoría deberían ir los videojuegos?" Bueno yo diría que el motor del juego es funcional y el escenario es estético.

MP1: ¿Gráficos?

RMS: Probablemente esos sean partes del escenario. Las imágenes en sí son parte del escenario, son estéticas, mientras que el software que muestra las escenas es funcional. Así que yo diría que si combinan lo funcional y estético en un todo unitario entonces el software debería tratarse como funcional, pero si están dispuestos a separar el motor del escenario, entonces es legítimo decir, bien, el motor es funcional pero el escenario es estético.

Posibles soluciones a los problemas de Copyright

Entonces, ¿cuánto deberia durar el copyright? Bien, hoy en día la tendencia en los libros que se publican es que los copyrights se acaben cada vez mas pronto. Hoy en dia, en los Estados Unidos, la mayoria de los libros que se publican se dejan de imprimir antes de pasados tres años. Permanecen un tiempo y desaparecen. Entonces está claro que no hay una necesidad real de que el copyright dure, digamos 95 años, es rídiculo.

De hecho, está claro que diez años de copyright serían suficientes para que funcionaran las actividades editoriales. Pero deberían ser diez años desde la fecha de publicación, pues tambien tendría sentido permitir un periodo adicional antes de la publicación, el cual podría ser incluso de más de 10 años. Mientras el libro no fuera publicado el copyright no restringe a nadie. Con esto, básicamente, el autor podría eventualmente publicar el libro pasado un tiempo, pero creo que una vez lo publica el copyright debería entrar en vigor por diez años o los que sea, y despues se acabó.

Una vez propuse esto entre un grupo de escritores. Uno de ellos dijo: "¿Diez años de copyright? Eso seria ridículo! Cualquier cosa por encima de 5 es intolerable." Era un escritor de ciencia ficcion con diversos premios que se quejaba de la dificultad de "retrouving", de retirarse, ...es gracioso, se me cuelan algunas palabras francesas en mi ingles, ... de recuperar de su editor los derechos, el cual solía dejar de imprimir el libro por cuestiones practicas, pero se hacía el 'longuis' a la hora de, como dice el contrato, revertir los derechos al autor cuando el libro se deja de editar.

Tienen que darse cuenta de que los editores tratan de forma terrible a los autores. Están siempre pidiendo mas poder en nombre de estos, y despues sólo son unos pocos autores de éxito, muy famosos y con gancho, los que consiguen contratos realmente buenos, para poder así decir que al fin y al cabo es por su bien. Mientras tanto, la gran mayoría de los autores, que no son famosos ni ricos ni tienen un gancho especial, estan siendo tratados de mala manera por la industria editorial, y esto es aún peor con los músicos. Os recomiendo que leáis el articulo de Courtney Love: ¿está en la revista Salón, no?

E2 (espectador 2): Sí

RMS: Empezó a llamar a las compañias discograficas "piratas" por la forma en la que tratan a los musicos. En cualquier caso podemos reducir el copyright mas o menos. Podríamos probar diversas duraciones. Podríamos ver o podríamos probar empíricamente que duración de copyright es la necesaria para mantener una publicación editorial vigorosa. Yo diría que como la mayoría de los libros ya no se imprimen al cabo de diez años, esta claro que diez años sería suficiente. Pero esto no tiene porque ser igual para cualquier tipo de trabajo. Por ejemplo, tal vez algunos aspectos del copyright para películas deberían durar más, como los derechos a vender toda la parafernalia de las peliculas y los personajes en ellas. Es tan salvajemente comercial que en muchos casos apenas importa si está limitado a una sola compañía. Tal vez el copyright de la misma película, puede que todo esto este legitimado para que el copyright dure veinte años. Mientras tanto, para el software sospecho que con tres años seria suficiente. Mira, si cada versión de un programa mantiene el copyright tres años desde que se publica, bueno, excepto si la compañía tiene serios problemas, debería poder sacar una nueva versión durante esos tres años, y habrá un monton de gente que querra usar la nueva versión. Entonces si las viejas versiones pasan automaticamente a ser software libre, la empresa aún seguirá teniendo su negocio con las nuevas. Ahora bien, esto supone un compromiso como yo lo veo, pues es un sistema en el cual no todo el software es libre. Pero podría ser una solución de compromiso, después de todo, si tenemos que esperar tres años para que un programa sea libre, bueno, tampoco está tan mal. Usar software de tres años de antigüedad no es un desastre.

E3: ¿No te parece que este sistema favorecería que los programas crecieran innecesariamente?. [N del T: feature creep ]

RMS: [airosamente] ¡Ah, claro! Eso es un pequeño efecto lateral, comparado con los otros efectos de promoción de la libertad. Todo sistema promueve alguna distorsión artificial, y el sistema actual sin duda promueve varios tipos de distorsiones artificiales en actividades cubiertas por copyright. Luego si un nuevo sistema tambien promueve alguna de esas distorsiones secundarias no es un gran problema, diría yo.

E4: El problema con estos cambios en las leyes de copyright es que despues de los tres años no tendrías los códigos fuente.

RMS: Es cierto. Tendría que haber ademas una condición. Una ley que obligara a que para vender software al publico, el código fuente debiera de depositarse en algun lugar, de manera que al pasar los tres años pudiera ser liberado. Se podría depositar digamos en la Biblioteca del Congreso, en el caso de los Estados Unidos. Y creo que otros países tienen instituciones similares, donde se guardan copias de los libros que se publican, y que podrían también guardar los códigos fuente y después de tres años publicarlos. Y por supuesto, si el código no correspondiera con el ejecutable sería fraude. Y si realmente correspondiera, debería de ser facil de comprobar cuando el trabajo es publicado inicialmente. Tu publicas el código fuente y alguien por ahí dice "Muy bien, veamos: ...punto, barra, configurar ...punto, barra, compilar..." comprueba si produce el mismo ejecutable y... ¡Huy!

Luego es cierto, simplemente eliminando el copyright no convertimos el software en libre.

E5: Um "libre" [N del T: en español en el original. El inglés free puede traducirse como "libre" o como "gratuito".]

RMS: Correcto, es el único sentido con el que uso el término. No sería suficiente porque tal vez el código fuente no estaría disponible, o podrían incluir cláusulas para restringir a los usuarios. Por lo tanto, hacer el software libre no es tan sencillo como hacer acabar el copyright, es una situación mas compleja. De hecho si el copyright fuera abolido de golpe del software, tampoco podríamos usar ya el 'copyleft' para proteger el estatus libre de un programa. Pero en cambio los privatizadores de software podrían usar otros metodos, contratos u ocultación del código para crear software propietario. Lo que esto significa es que si liberamos un programa, algún buitre podría crear una versión modificada y publicar sólo los binarios, haciendo firmar a la gente un acuerdo de no-difusión. No habría manera de impedirlo. Si quisiéramos cambiar la ley de forma que todo el software publicado fuese libre, tendríamos que hacerlo de forma más compleja. No simplemente cambiando el copyright del software.

Luego, sobre todo yo recomiendo que echemos un vistazo a los diferentes tipos de trabajo y de usos y que entonces busquemos un nuevo lugar donde trazar la línea. Un lugar que dé al publico la libertad básica de usar cada nuevo tipo de trabajo y a la vez siempre que sea posible permitir retener algún tipo de copyright poco penalizante para la gente, pero que aún beneficie al autor.

En este sentido, podemos adaptar el sistema de copyright a las circunstancias en que lo encontramos y en que nos encontramos. Y podríamos tener un sistema en el que no sea necesario meter en la cárcel a alguien por copiar algo para un amigo, y que tambien fomente el que la gente escriba. Podriamos pensar otros metodos para fomentar que la gente escriba y pueda ganar dinero con ello. Por ejemplo, supongamos que esté permitido copiar literalmente algo y supongamos que ese algo viene con una cosa que aparece mientras lo estas leyendo o usando, con un botón al lado que dice: "Haz clic aquí para enviar un dólar a los autores o músicos o a quien sea." Yo creo que en las zonas mundo con cierto poder adquisitivo, mucha gente enviaría el dinero, porque a menudo a la gente le gustan los cantantes o autores que crean las cosas que les gusta leer o escuchar. Y lo mas interesante es que las comisiones que ellos reciben ahora no son mas que una pequeña parte de lo que uno paga. Si uno paga veinte dolares por algo, probablemente ellos no reciban mucho mas de uno.

Entonces este sistema seria mucho más eficiente. Y lo más interesante es que cuando la gente distribuyera copias, estaría ayudando al autor. Fundamentalmente haciéndole propaganda y esparciendo por ahi el motivo para enviarle un dólar. Hoy por hoy la principal razón por la que la gente no envía dinero al autor es por que es un rollo considerable. ¿Qué puedes hacer? ¿Enviar un cheque? ¿A quién se lo envías? Tendrías que averiguar la dirección, lo que puede no ser tan fácil. Pero con un sistema adecuado de pago por internet que lo hiciera fácil, podriamos incluirlo en todas las copias, y creo que funcionaría bien. Estas ideas podrian tardar cinco o diez años en extederse, por que es una cuestion cultural. Al principio la gente lo encontraria un poco sorprendente, pero una vez se normalizara, la gente se acostumbraria a enviar dinero, y no seria mucho comparado con lo que ahora cuesta comprar un libro.

[bebe]

Luego yo creo que en este sentido, para los trabajos relacionados con la expresión y tal vez con la estética, este método podría funcionar. Pero no irá bien para los trabajos funcionales. Porque en esos casos una persona tras otra van publicando versiones modificadas de algo. ¿A quién tienen que apuntar entonces los enlaces para mandar el dinero? ¿Cuánto dinero se debería mandar? Claro, esto es muy fácil cuando un trabajo se publica sólo una vez y por un solo autor, o por un grupo de autores que acuerdan conjuntamente lo que harán cuando reciban cada donación. Si nadie publica versiones modificadas, entonces cada copia contendrá la misma cajita con la misma URL dirigiendo el dinero a la misma gente. Pero cuando tienes diferentes versiones en las que ha trabajado diferente gente, no hay una forma fácil y automática de decidir quien debería recibir qué fraccion de las donaciones de los usuarios para esta o aquella versión. Filosóficamente es difícil discernir cómo de importante es cada contribución, y todos los metodos obvios de decidir esto son obviamente erróneos en algun caso. Claramente pasan por alto alguna parte importante del tema. Entonces creo que este tipo de solución no es factible si todo el mundo es libre de publicar versiones odificadas. Pero para los tipos de trabajos en que no es crucial la libertad de publicar versiones modificadas, esta solución podría aplicarse fácilmente, una vez tengamos un sistema adecuado de pago por internet en que basarla.

Respecto a los trabajos de orden estético: si existiera un sistema por el cual los que los distribuyen comercialmente y tal vez incluso los que distribuyen versiones modificadas, pudieran negociar el porcentaje con los desarrolladores, y este esquema pudiera extenderse incluso a la distribucion de versiones modificadas, podría haber algún tipo de fórmula estándar que pudiera ser renegociable en algunos casos. Entonces yo creo que en algunos casos relacionados con trabajos creativos, incluso permitiéndose versiones modificadas, sería posible este sistema de pago voluntario.

Me parece que ya hay gente intentando crear este tipo de sistemas de pago voluntario. He oido algo sobre un protocolo llamado " the street performer's protocol " (el protocolo del artista callejero), no conozco los detalles. Y creo que existe algo llamado "GreenWitch.com" [nota de transcriptor: URL incierta][nota del traductor: creo que es www.GreenWitch.com ] Creo que hay gente intentando poner a punto algo mas o menos de este tipo. Creo que lo que intentan es recoger un monton de pagos que van a diferente gente y que cargarían en tu tarjeta una vez lo suficiente para todo y sería bastante eficiente. No está claro si esos sistemas funcionarán suficientemente bien en la práctica ni si serán ampliamente aceptados como para convertirse en una práctica culturalmente normal. Para que este tipo de sistemas realmente calaran, se necesitaría algun tipo de... necesitas ver la idea por todas partes para decir "SÍ, voy a pagar" y todo en un momento. Ya veremos.

Es evidente que ideas como esta no son descabelladas. Si miramos por ejemplo la radio pública en los Estados Unidos, se financia mayoritariamente por donaciones de los oyentes, creo que reciben donaciones de millones de personas. No sé cuántas exactamente pero hay muchas radios públicas financiadas por los oyentes y parece que con el tiempo encuentran cada vez mas fácil obtener estas donaciones. Hace diez años probablemente pasaban diez semanas al año en las que gran parte del tiempo lo ocupaban en pedir "Por favor, envíe algo de dinero, ¿cree que somos suficientemente importantes?", y así las 24 horas del día. Ahora muchas de ellas han visto que pueden conseguir las donaciones enviando una carta a los oyentes que les enviaron dinero anteriormente. Y no necesitan malgastar el tiempo en antena machacando con las donaciones.

Fundamentalmente, el fin deseado del copyright, promover la creación, es un propósito meritorio. Pero tenemos que encontrar formas de conseguir esto que no sean ásperas ni restrictivas del uso del trabajo cuyo desarrollo hemos promovido. Y creo que la tecnología digital nos provee de las soluciones al problema de la misma forma que crea el contexto donde necesitamos resolver el problema.

Bien, se acabo la charla. ¿Alguna pregunta?


El Copyright contra la comunidad: preguntas y discusión

Antes de nada, ¿a qué hora es la siguiente charla? ¿Qué hora es ahora?

Yo: son las tres y cuarto.

RMS: Oh, ¿en serio? ¿Así que ya llego tarde? Bueno, espero que Melanie me permita aceptar unas pocas preguntas.

MA6 (Miembro de la audiencia 6): ¿Quién decidirá en cuál de sus categorías encajará un trabajo?

RMS: No lo sé. Estoy seguro de que hay varias maneras de decidir. Probablemente usted puede reconocer una novela cuando la ve. Sospecho que los jueces también pueden reconocer una novela cuando ven una.

MA7: ¿Algún comentario sobre encriptación? ¿Y la interacción de dispositivos de encriptación con materiales con copyright?

RMS: Bueno, la encriptación se usa como un medio para controlar al público. Los editores están intentando imponer varios sistemas de encriptación sobre el público para impedir que éste pueda hacer copias. Ahora ellos llaman a estas cosas métodos tecnológicos, pero realmente sólo son restos de leyes que prohíben a la gente que las circunventen, y sin esas leyes ninguno de esos métodos cumplirían su propósito, así que todos se basan en la intervención gubernamental directa para impedir que la gente haga copias y yo protesto fuertemente ante eso, y no aceptaré esos medios. Si como un asunto práctico los medios para copiar algo no están a mi disposición, no lo compraré y espero que ustedes tampoco lo compren.

MA8: En Francia tenemos una ley que dice que incluso si el soporte está protegido tú tienes el derecho de hacer copias de seguridad.

RMS: Sí, también solía ser así en los EEUU hasta hace 2 años.

MA8: Muy a menudo firmamos un acuerdo que es ilegal en Francia... el contrato que se supone que debes firmar con el ratón...

RMS: Bien, quizás no lo son.

MA8: ¿Cómo podemos enfrentarnos a esto?

RMS: [retóricamante] Bien, ¿se van a enfrentar a ellos? Eso cuesta dinero, es problemático y no sólo eso, ¿cómo lo harían? Bien, ustedes podrían intentar ir a una Corte y decir "Ellos no tienen derecho a pedir a la gente que firme este contrato porque es un contrato inválido" pero eso puede ser difícil si el distribuidor está en los EEUU. La ley francesa acerca de lo que es un contrato válido no se podría usar para pararlos en los EEUU. Por otro lado ustedes podrían decir "firmé este contrato pero no es válido en Francia y por lo tanto estoy públicamente desobedeciendo, y les reto a que me denuncien." Ahora que ya tienen opciones para considerar, y si ustedes están en lo cierto y las leyes no son válidas en Francia, el caso sería desestimado. No sé. Quizás es una buena idea, no lo sé, cuáles serían sus efectos políticos. Sé que hace un par de años se pasó una ley en Europa para prohibir algún tipo de copias privadas de música, y las compañías discográficas sacaron a relucir algunos músicos famosos muy populares para apoyar esta ley y la consiguieron, así que está claro que ellos tienen un montón de influencias aquí también, y es posible que consigan más, simplemente pasar otra ley para cambiar esto. Tenemos que pensar en la estrategia política para formar a los distritos electorales para resistir tales cambios y las acciones que tomemos deberían estar orientadas a conseguir esto. Ahora bien, yo no soy un experto en cómo conseguir esto en Europa pero es en lo que la gente debería pensar.

MA6: ¿Qué hay acerca de la protección de la correspondencia privada?

RMS: Bien, si usted no está [énfasis] publicando [/énfasis] eso es un asunto completamente distinto.

MA6: No, pero si le envío un correo electrónico a alguien, está automáticamente bajo mi copyright.

RMS: [enérgicamente] En realidad eso es completamente irrelevante.

MA6: No, yo no acepto eso. Si van a publicarlo en un periódico. Ahora mismo mi protección {reparación} es mi copyright.

RMS: Bueno, no puede obligarle a mantener los contenidos en secreto y no estoy seguro, en realidad. Quiero decir, para mí, creo que hay cierta injusticia en eso. Si por ejemplo, usted envía una carta a alguien amenazándole con denunciarle y después le dice que no se lo puede decir a nadie, que hizo esto, porque su amenaza está bajo copyright, eso es bastante nauseabundo. y no estoy convencido de que pudiese siquiera sostener.

MA6: Bueno, hay circunstancias en las que quiero mantener correspondencia con alguien y manteners mis (y sus) respuestas completamente privadas.

RMS: Bueno, si usted y ellos están de acuerdo en mantenerlo privado, esa es una situación completamente diferente. Lamento que los dos asuntos no se puedan asociar, y no tengo tiempo para considerar ese asunto hoy. Hay una charla programada para empezar dentro de poco. Pero creo que es un completo error aplicar el copyright a estas situaciones. La ética de esas situaciones es completamente diferente a la ética del material publicado y por eso deberían ser tratadas de una manera adecuada, lo que es completamente diferente.

MA6: Eso es bastante justo, pero en este momento la única protección que tengo es el copyright...

RMS: [interrumpiendo] No, está equivocado. Si la gente ha acordado mantener en privado algo, entonces usted tiene otras garantías. En Europa hay leyes sobre la privacidad, y el otro asunto es que usted no tiene derecho a forzar a alguien a mantener secretos por usted. Como mucho, usted podría obligarle a parafrasearlo, porque él tiene el derecho de decirle a la gente lo que le ha hecho.

MA6: Sí, pero yo estoy asumiendo que ambas personas a ambos extremos han llegado a un acuerdo razonable.

RMS: Bueno, entonces no diga que el copyright es su único recurso. Si él ha hecho un acuerdo entonces no va a pasárselo a un periódico, ¿verdad?

MA6: No, eh, está esquivando mi pregunta acerca de la intercepción.

RMS: Oh, intercepción. Eso es completamente diferente... [acaloradamente] No, usted no preguntó sobre la intercepción. Esta es la primera vez que que usted menciona la intercepción...

MA6: No, es la segunda vez.

MA9: [murmullos de asentimiento a MA6]

RMS: [aún acalorado] Bueno, no le oí antes... es algo totalmente tonto... es como intentar... oh, ¿cómo puedo comparar?... es como intentar matar un elefante con un molde para hacer gofres, quiero decir que no tienen nada que ver lo uno con lo otro.

[cae un silencio ininterpretable]

MA10: ¿Ha pensado en cambios [inaudible, en secretos industriales {de comercio}?]

RMS: Uh, sí: los secretos industriales se han desarrollado en una dirección muy amenazadora. Un secreto industrial solía significar que tú querías mantener algo en secreto, así que no se lo decías a nadie, y más tarde que era algo que se hacía en un negocio y sólo se decía a unas pocas personas y ellos estarían de acuerdo en mantenerlo en secreto. Pero ahora se está convirtiendo en algo donde el público en general está siendo forzado a mantener secretos para las empresas incluso si ellos nunca estuvieron de acuerdo en mantener esos secretos en ninguna manera, y eso es una presión. Así [hay] esos que pretenden que los secretos industriales son simplemente derechos naturales que ellos tienen; eso ya no es cierto. Están consiguiendo ayuda explícita del gobierno para forzar a otra gente que mantenga esos secretos. Y quizás queramos consider! ! ar si los contratos de confidencialidad deberían, en general, ser considerados contratos legítimos porque, por la naturaleza anti-social del secreto industrial, no se debería considerar automáticamente que porque alguien haya prometido mantener el secreto eso significa que es vinculante.

Quizás en algunos casos deberían serlo y en otros casos no. Si hay un beneficio público claro en el hecho de que se sepa entonces quizás eso debería invalidar el contrato, o quizás debería ser válido cuando es firmado con los clientes o quizás entre una empresa y, quizás cuando un negocio suministra secretos a sus clientes, entonces debería ser válido, pero con sus clientes no.

Hay varias posibilidades en las que uno puede pensar, pero desde el principio, nadie que no se haya comprometido voluntariamente a mantener esos secretos debería estar vinculado por el secreto industrial. Esa es la manera en la que era hasta no hace mucho. Quizás aún es así en Europa, no estoy seguro.

MA11: ¿Está bien que una compañía pida a sus, digamos...

RMS: ¿empleados?

MA11: No, no

RMS: ¿proveedores?

MA11: sí, proveedores. ¿Qué ocurre si el cliente es otro proveedor?

[salto mientras se cambia el minidisco]

RMS: Empecemos por no promoverlo.

MA12: Tengo una pregunta referente a su opinión sobre el trabajo científico en las revistas y libros de texto. En mi profesión, al menos una revista y un libro de texto oficiales están disponibles on-line; conservan el copyright, pero hay libre acceso a los recursos suponiendo que se tenga acceso a Internet.

RMS: Bueno, eso está bien. Pero hay muchas revistas donde no ocurre así. Por ejemplo, las revistas de la ACM {nota: ACM, Association for Computing Machinery, Asociación para la Maquinaria de Computación} no se pueden acceder a menos que se sea suscriptor: están bloqueadas. Por lo que yo creo que las revistas deberían empezar todas ellas a abrir el acceso en la Web.

MA12: Así, ¿qué impacto tiene eso en la significación del copyright sobre el público cuando básicamente no interfiere con el hecho de proveer información libre en la Web.

RMS: Bueno, ante too, no estoy de acuerdo. Las réplicas son esenciales, así que una revista debería sólo abrir el acceso, pero deberían dar a todo el mundo la libertad de crear réplicas con copias literales de esos artículos. Si no, entonces existe el peligro de que se pierdan. Todo tipo de desastres pueden causar su pérdida, ya saben, desastres naturales, desastres políticos, desastres técnicos, desastres burocráticos, desastres fiscales... Todo tipo de cosas pueden causar la desaparición de un sitio. Así que lo que la comunidad académica lógicamente debería hacer es arreglarlo cuidadosamente para disponer de una amplia red de réplicas, asegurándose de que cada artículo está disponible en cada continente, desde lugares cercanos al océano hasta lugares que están bien en el interior, y ustedes saben que esto es lo que las mayores bibliotecas sentirán como su misión si sólamente no estuvieran siendo detenidas.

Así que lo que se debería hacer es que esta revistas deberían ir un paso más allá. En adición a decir que todo el mundo puede acceder su sitio deberían decir que todo el mundo puede organizar una réplica. Incluso si lo dijesen, hay que hacer la publicación de toda la revista, además de la publicidad, y aún queradía el trabajo de posibilitar la oferta redundante para que no esté en peligro, y otras instituciones puedan configurar las réplicas, y predigo que se podría encontrar en unos diez años, con un sistema no oficial muy bien organizado para coordinar la replicación de tal forma que se pueda estar seguro de que no se ha dejado nada fuera. En este punto, el coste de levantar una réplica durante años de una revista es tan pequeño que no requiere ningún apoyo económico; nadie tiene que trabajar mucho: sólo dejar que los bibliotecarios lo hagan. De todas formas, oh, había otra cosa sobre este asunto y no puedo recordar qué es. Oh, bueno, tendré que dejarla ir.

MA13: Los problemas de financiación de los trabajos estéticos... ¿cree usted que la dinámica podría ser... [inaudible] aunque entiendo los problemas de... Me refiero a ¿quién está contribuyendo? ¿y quién será recompensado? ¿El espíritu del software libre... [inaudible]

RMS: No lo sé. Ciertamente es cuestión de sugerir la idea a la gente. Ya veremos. No sé las respuestas, no sé cómo vamos a llegar ahí, estoy intentando pensar acerca de dónde deberíamos llegar. Los editores son tan poderosos y pueden conseguir que los gobiernos cumplan sus mandatos. Cómo vamos a hacer para construir el tipo de mundo en el que el público se niega a tolerar esto más tiempo no lo sé. Creo que lo primero que tenemos que hacer es rechazar claramente el término pirata y todos los conceptos asociados con él. Cada vez que oigamos eso debemos hablar y decir que eso es propaganda, que no está mal que la gente comparta esos trabajos publicados con otros, es compartir con tu amigo, eso es bueno. Y compartir con tu amigo es más importante que cuánto dinero puedan ganar esas compañías. La sociedad no debería estar conformada simplemente para beneficiar a esas compañías. Tenemos que seguir... porque ya ven la idea que han difundido --que cualquier cosa que reduzca sus beneficios es inmoral y por tanto se debe limitar a la gente en cualquier forma que haga falta que les garantice ser pagados por todo... esa es lo fundamental y lo que debemos atacar directamente. La gente ha intentado básicamente la táctica de concentrarse en asuntos secundarios, ya saben, cuando la gente, ya saben, cuando los editores demandan más poder normalmente la gente que lo diga ya causará algún tipo de daño secundario y discusión basándose en eso, pero rara vez encontrará a nadie (excepto a mí) diciendo que el hecho del cambio está mal por completo, que es erróneo restringirlo de esa forma, que es legítimo que la gente quiera cambiar copias y que se les debería permitir hacerlo. Tenemos que tener más de esto. Tenemos que empezar por cortar la raíz de su dominación, y no simplemente agitar unas cuantas hojas.

MA14: [inaudible] esto es importante es concentrarse en los sistemas de donativos para la música.

RMS: Sí. Desafortunadamente,sin embargo, hay patentes que cubren las técnicas que parecen las más plausibles de ser usadas.

[risas, gritos de "no" desde la audiencia]

RMS: Así que pueden pasar diez años antes de que podamos hacerlo.

MA15: Nosotros sólo aceptamos leyes francesas.

RMS: No lo sé. Creo que mejor le pasaré el turno a Melanie, cuya charla se suponía que iba a empezar a las 3 y, uh, eso

RMS permanece de pie en silencio. Hay una pausa antes de que estallen los aplausos. RMS se gira y aplaude al gnu de tela que había colocado sobre el projector de transparencias al comienzo de la charla.

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